Canciller cubano denuncia el alcance extraterritorial del bloqueo de EE.UU.

Bruno Rodríguez Parrilla, Ministro de Relaciones Exteriores (MINREX), durante su intervención en la conferencia de prensa para presentar el informe Cuba vs Bloqueo, efectuada en la sede del MINREX, en La Habana, el 22 de octubre de 2020. ACN FOTO/ Ariel LEY ROYERO/ rrcc

La Habana, 22 oct (ACN) Bruno Rodríguez Parrilla, ministro de Relaciones Exteriores de Cuba, afirmó hoy que el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos a su país tiene un poderoso alcance extraterritorial, ya que afecta y violenta la soberanía de terceros estados, la libertad de comercio y navegación, así como los derechos humanos.

Por tanto, es una violación masiva y sistemática de los derechos de cubanos y de otros ciudadanos del mundo, manifestó en conferencia de prensa en la sede de la cancillería con motivo de la presentación de la resolución titulada «Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba».

El ministro cubano subrayó este jueves las implicaciones que tiene para el pueblo cubano y para ciudadanos internacionales esa política, en respuesta a una pregunta de la Agencia Cubana de Noticias.

Habría que enfatizar que es una violación del derecho internacional y del derecho humano internacional humanitario, y que tiene implicaciones para el pueblo cubano, a la vez que cercena derechos de ciudadanos de terceros países, debido a su extraordinario alcance extraterritorial, reiteró.

A decir de Rodríguez Parrilla, es por tantas violaciones que el bloqueo concita un enorme repudio y rechazo de la comunidad internacional, demostrado cada año en el contundente repudio que recibe por votaciones de los países en la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Este último periodo ha estado marcado también por la activación de los títulos III y IV de la Ley Helms Burton, que desde 1996 permanecían inactivos, y que tienen un alcance extraterritorial, además de una redacción engañosa que podrían hacer parecer legales actos sin amparo jurídico.

El Título III se refiere a la «protección de los derechos de propiedad de los nacionales estadounidenses”, y no acepta que en el momento del triunfo de la Revolución cubana ocurrieron, entre otras acciones, la confiscación de bienes mal habidos y la nacionalización de empresas y recursos.

Por esta razón, la política estadounidense desconoce todas las leyes de la Revolución, a la vez que se pasa por alto que, en efecto, existe una lista de compensación para ciudadanos de ese país.

Mientras, el Título IV de la Ley Helms Burton prohíbe la entrada a territorio estadounidense de las personas demandadas en virtud del Título III.

Desde enero de 2019 al amparo de la Helms-Burton se han presentado demandas contra empresas del sector turístico, bancos internacionales, aerolíneas, y sitios de ventas online de varios países por supuestamente hacer negocios con Cuba o con propiedades nacionalizadas.

Sin embargo, hasta el momento, ningún juez ha fallado a favor de los demandantes.

Como advirtieron varios expertos legales al momento del anuncio de la activación de los títulos III y IV, las empresas norteamericanas serían las principales perjudicadas con este movimiento, lo que en la práctica ha ocurrido.