El reconocimiento y regulación del trabajo del creador independiente, que contará con un Registro que oficializa su capacidad legal, y la creación de colectivos de creadores, un Fondo para el Fomento del Cine, una Comisión Fílmica para facilitar la producción nacional y extranjera y tres nuevas figuras de trabajo por cuenta propia, están entre los cambios que trae la nueva política que adopta Cuba para el desarrollo de la creación audiovisual y cinematográfica nacional.
El cuerpo jurídico de la nueva política -que publica este jueves la Gaceta Oficial Ordinaria No. 43- está conformado por el Decreto Ley 373, Del creador audiovisual y cinematográfico independiente, firmado en marzo por el presidente del Consejo de Estado; el Acuerdo 8613 del Consejo de Ministros, que aprueba el Fondo de Fomento, la Comisión Fílmica y una Oficina de Atención a la Producción, y resoluciones de los ministerios de Cultura, Trabajo y Seguridad Social y Finanzas y Precios; el ICAIC y el Banco Central.
Al presentar este miércoles ante la prensa las nuevas regulaciones e instrumentos, el presidente del ICAIC, Ramón Samada, explicó que el Decreto Ley 373 reconoce, en primer lugar, la condición laboral de creadores cinematográficos y audiovisuales independientes.
“De esa forma, dota a esos artistas de una condición legal y reconoce el trabajo que hacen. Se convierten en entes económicos y son a la vez objeto y sujeto, pueden ser contratados por o contratar a personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras, para llevar adelante su labor”, señaló.
A la vez, “se les posibilita abrir cuentas bancarias corrientes para desarrollar su trabajo, y tienen una representación legal reconocida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y toda posibilidad de representación ante los organismos de la Administración Central del Estado, principalmente el Banco Central”.
Relacionada con ese reconocimiento está la creación del Registro del Creador Audiovisual y Cinematográfico Independiente, que oficializa la capacidad legal de los creadores -tanto los que trabajan para la televisión como aquellos que lo hacen en el cine- ante el Estado.
El ICAIC, al que el Decreto Ley 373 asigna el mandato como rector de las políticas cinematográficas y audiovisuales en el país, es el responsable de administrar el Registro. Sin embargo, Samada aclaró que, aunque será un registro único, ese organismo inscribirá a quienes trabajan en el cine, mientras que el ICRT lo hará con quienes se desempeñan en la televisión.
La nueva política aprueba la creación de Colectivos de Creación Audiovisual y Cinematográfica, un paso que apunta hacia las productoras independientes.
“Para trabajar, los cineastas tienen que agruparse. El audiovisual es mucha industria, muchas personas unidas, y se ha creado esta figura con identidad propia. Este colectivo está integrado por hasta tres creadores ya inscritos en el Registro y otras personas que formen parte de él”, dijo el presidente del ICAIC.
“Lo importante de esta figura es que va a incluir a las productoras independientes, y contará con amplias capacidades para desarrollar su labor. Los Colectivos participan en todas las etapas de la producción audiovisual y cinematográfica: buscan financiamiento, participan en preparación, en el rodaje, la posproducción y la comercialización de sus obras, fundamentalmente para el desarrollo del cine cubano”, agregó.
Este empeño, que tiene como objetivo el desarrollo del cine cubano, no excluye la capacidad de los creadores y las productoras de dar y recibir servicios en relación con producciones extranjeras, subrayó Samada.
En un paso consecuente con el nuevo sistema de fomento del cine, el Banco Central de Cuba ha dotado a los Colectivos de Creación Audiovisual y Cinematográfica con la capacidad de operar cuentas bancarias colectivas.
Al respecto, Imelsis Téllez, especialista del Banco Central, apuntó que los Colectivos podrán abrir cuentas bancarias corrientes en pesos cubanos (CUP) y pesos convertibles (CUC) en el Banco Popular de Ahorro, el Banco Metropolitano y el Banco de Crédito y Comercio, “u otra institución que esté autorizada por el Banco Central”, a solicitud del ICRT y del ICAIC.
El Banco Central, que emitió la Resolución No. 79 de 2019 como parte del nuevo cuerpo jurídico, ha establecido que la apertura de cuentas bancarias de los Colectivos requerirá “un documento de acreditación -emitido por el Ministerio de Cultura-, una certificación de la inscripción en el Registro y un acuerdo de voluntades, que sería un contrato protocolizado ante notario donde se designa a la o las personas con firma autorizada para operar la cuenta bancaria”, indicó la especialista.
En el caso de los creadores audiovisuales y cinematográficos independientes, se aplicará el mismo procedimiento que establece la Resolución No. 100 de 2011.
Las nuevas normas jurídicas:
-Reconocen la condición laboral del creador audiovisual y cinematográfico independiente
-Crean el Registro del Creador Audiovisual y Cinematográfico Independiente
-Aprueban la creación de los Colectivos de Creación Audiovisual y Cinematográfica
-Crean el Fondo de Fomento del Cine Cubano
-Crean la Comisión Fílmica
-Crean la Oficina de Atención a la producción
-Incorporan 3 nuevas figuras de trabajo por cuenta propia
-Establecen la función del ICAIC como organismo rector de la actividad audiovisual y cinematográfica
Fomento y facilidades para la producción
El Acuerdo 8613 del Consejo de Ministros, que aparece publicado este jueves en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 43, aprueba la creación del Fondo de Fomento para la Producción Audiovisual y Cinematográfica, la Comisión Fílmica y una Oficina de Atención a la Producción.
El Fondo de Fomento es independiente de los presupuestos con los que cuentan el ICAIC y el ICRT para, desde el nivel estatal, desarrollar la producción audiovisual y cinematográfica. Su fuente de ingresos principal será el presupuesto del Estado, y su gestión implica la entrega de financiamiento directamente a los artistas para realizar su obra.
“Tiene una extraordinaria importancia en la política cultural de nuestra nación para fomentar el desarrollo creativo y la producción cinematográfica y audiovisual”, destacó el presidente del ICAIC, y agregó que “aunque la fuente de ingresos principal es el presupuesto estatal, se establece que puede recibir ingresos de toda persona natural y jurídica cubana y extranjera”.
Samada explicó que “hemos abordado el tema con los ministerios de Finanzas y Precios y de Cultura, pero, dado que estamos a mitad del ejercicio presupuestario, no es seguro conseguir un financiamiento pues el presupuesto del Estado está cerrado; a la hora de conformarlo en 2018 no se podía destinar una partida a algo que no existía. Lo que sí está claro, para no crear falsas expectativas, es que oficialmente el Fondo de Fomento echará a andar el próximo año, luego de la solicitud que se haga este año como parte de la conformación del presupuesto del Estado”.
Otro instrumento, la Oficina de Atención a la Producción, recibirá solicitudes de todos los creadores. El ICAIC asumirá todo el servicio de los permisos para filmación, importación y migración, entre otros.
Por otra parte, la Comisión Fílmica, un mecanismo de gobierno presidido por el ministro de Cultura, que incluye a representantes de otros ministerios y “cuantos organismos sea necesario convocar para facilitar la producción cinematográfica nacional y extranjera”, facilitará mecanismos, comunicaciones, permisos, tarifas y otras cuestiones propias de la industria, puntualizó Samada, quien recordó que “en muchos países los servicios a producciones extranjeras representan una importante fuente de ingresos”.
“Debemos reconocer el papel que tuvieron, con una altísima responsabilidad, los creadores cinematográficos y audiovisuales que desde hace mucho tiempo han estado trabajando, analizando, proponiendo, escribiendo, consultando de manera directa para llegar a este resultado. Sin su participación no hubiéramos podido hacerlo”.
Por cuenta propia
Como parte del nuevo escenario jurídico en la producción audiovisual y cinematográfica cubana, se aprueban tres figuras de trabajo por cuenta propia:
–Operador y arrendador de equipamiento para la producción artística (equipos de filmación, iluminación, cabezas calientes, grúas, drones, sonido…).
“En Cuba hay muchas personas que cuentan hoy con estos equipos. ¿Por qué trabajador por cuenta propia? Porque no necesariamente tienen que ser artistas; pueden ser personas que cuentan con ese equipamiento y lo ponen en función de la creación artística. Igualmente, podrá haber creadores que tengan esos equipos y podrán tener su licencia como cuentapropistas en esta área. Va a contribuir tanto a la producción estatal como a la no estatal”, dijo el presidente del ICAIC.
Esta figura de trabajador por cuenta propia -señaló- “nació para apoyar la creación cinematográfica, pero el Ministerio de Cultura, en un análisis con el de Trabajo y Seguridad Social, la ha definido no solo para la producción cinematográfica sino para toda la producción artística: es decir, llega lo mismo al cine y a la televisión que a la danza, la música, el teatro o el circo”.
-Agente selección de elenco (seleccionador de elenco o agente de casting)
–Auxiliar de producción artística. “El que resuelve cualquier problema en un set de filmación. Abarca toda la capacidad que genera una producción en apoyo tecnológico, gastronómico, de transporte…”.
El Ministerio de Finanzas y Precios, en su Resolución 188 del 20 de junio de 2019 -también publicada en Gaceta Oficial Ordinaria No. 43-, emite las adecuaciones para estas tres actividades, que se incorporan al régimen general de tributación.
Yahily García, directora de Política de Ingresos de ese ministerio, informó que pagarán una cuota mensual establecida y además una liquidación adicional al final del año. Se ha establecido por actividad un tipo impositivo definido según el nivel de ingresos:
–Operador y arrendador de equipamiento para la producción artística: 10 % de sus ingresos mensuales
-Agente selección de elenco: 10 % de sus ingresos mensuales.
-Auxiliar de producción artística: 5 % de sus ingresos mensuales.
La directiva explicó que “al final de año, cuanto tengan que liquidar el impuesto, deberán saber cuál es el límite de gasto que se puede deducir. Para el operador y arrendador de equipamiento para la producción artística, se definió que se descuente de sus ingresos brutos anuales hasta el 30 %, similar porcentaje al del agente selección de elenco, mientras que para el auxiliar de producción artística será el 10 %”.
“Como se ha venido haciendo una práctica en actividades por cuenta propia, incluso en otras formas de gestión no estatal, hoy tenemos condiciones desfavorables en la economía que no permiten justificar todos los gastos. Por tanto, para estas tres actividades también hemos dispuesto que a los efectos de deducirse ese nivel de gasto solo van a justificar el 50 %”, añadió.
En todo lo demás, se deben regir por la Resolución 194 de 2018, que rige la tributación de los trabajadores por cuenta propia, concluyó.
“Todo empieza a andar alrededor del 24 de septiembre”, pasados los 60 días tras la publicación de las nuevas regulaciones, afirmó el presidente del ICAIC.
Desde septiembre
Luego de su publicación este jueves en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, las normas jurídicas que regirán la nueva política para fomentar la creación cinematográfica y audiovisual en Cuba entrarán en vigor pasados 60 días hábiles.
“¿Por qué ese tiempo de 60 días hasta la entrada en vigor? Porque el proceso conlleva la capacitación de todos los involucrados. Entre el 1ro y el 30 de julio especialistas del ICAIC harán un recorrido por todo el país para explicar a autoridades, delegaciones de la UNEAC y de la AHS y direcciones de Cultura la normativa aprobada y los pasos para su implementación”, dijo Ramón Samada.
“Es el comienzo del fortalecimiento de la capacidad legal de los creadores. Y eso implica mucho trabajo. Ya han sido adquiridos todos los sistemas informáticos que van a procesar el Registro… Hay que crear las comisiones de cineastas, encargadas de recibir y analizar solicitudes de los creadores para ingresar en el Registro”, explicó.
Samada destacó el apoyo dado en este proceso por la Comisión Permanente de Implementación de los Lineamientos y varios organismos de la Administración Central del Estado, especialmente el Ministerio de Finanzas y Precios.
“Debemos reconocer el papel que tuvieron, con una altísima responsabilidad, los creadores cinematográficos y audiovisuales que desde hace mucho tiempo han estado trabajando, analizando, proponiendo, escribiendo, consultando de manera directa para llegar a este resultado. Sin su participación no hubiéramos podido hacerlo. Quisiera precisar que no fue una ayuda, porque ellos fueron protagonistas en este proceso”, afirmó.
Tras señalar que “fundamentalmente, la historia del cine en Cuba es una historia capitalina”, destacó el hecho de que la nueva política posibilita que creadores de todo el país sean inscritos en el Registro y puedan desarrollar su obra, optar por financiamiento del Fondo de Fomento y participar en la producción audiovisual y cinematográfica, no solo de organismos estatales de la cultura sino también de otras instituciones”.
“Todo empieza a andar alrededor del 24 de septiembre”, pasados los 60 días tras la publicación de las nuevas regulaciones, afirmó el presidente del ICAIC.
“Entonces estaremos todos en función de este esfuerzo de los cineastas y sus instituciones, del Ministerio de Cultura y el Estado y el Gobierno cubanos por apoyar y llevar aderlante el desarrollo del cine nacional, para consolidar y dar coherencia al trabajo de todos los creadores, en función del cine que necesitan la nación y nuestro pueblo”.