Desde el 20 de abril, trabajadores no estatales pueden modificar base de contribución a la seguridad social

Entre las actividades que predominan en el territorio sobresalen la elaboración de alimentos // Foto Marlene Herrera

Los trabajadores del sector no estatal de los regímenes especiales de la Seguridad Social han comenzado, desde el pasado 20 de abril, el proceso de solicitar la modificación de su base de contribución, expresó a Granma Virginia Marlén García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass).

Como resultado de la implementación de la Tarea Ordenamiento, fue aprobado un conjunto de normas jurídicas, entre las que se encuentra el Decreto Ley No. 19 de la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 68, en el que se regula el procedimiento para el cálculo de las pensiones por edad, invalidez total y por muerte, de los beneficiarios de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social del sector no estatal.

La directiva destacó que se adoptaron las medidas pertinentes para facilitar a los trabajadores del sector no estatal, que decidan modificar su base de contribución seleccionada, puedan hacerlo por vía del correo electrónico de forma no presencial.

A tales efectos, los interesados podrán realizar la solicitud de modificación de la base de contribución a través del correo electrónico modificarbc@inass.gob.cu, adjuntando la planilla habilitada a tal efecto, con toda la información que en ella se solicita. Dicha planilla está disponible para descarga desde el enlace: https://www.mtss.gob.cu/descargas/planilla-para-modificar-base-de-calculo-en-regimenes-especiales.

Podrán, además, hacerlo mediante el escaneo de un Código qr que encontrarán en las oficinas del Inass, Direcciones de Trabajo, la ONAT y en los perfiles en redes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Si el trabajador no estatal no tiene posibilidad de realizar la solicitud por vía electrónica podrá presentarla en la filial del Inass o en la Dirección de Trabajo, en ambos casos, del municipio de residencia, las que realizarán el cambio en el sistema informático habilitado para ese propósito.

Los trabajadores del sector no estatal podrán modificar la base de contribución hasta el 30 de diciembre de 2021, y efectuarán el pago retroactivo de los meses que sean necesarios para completar el presente año, tomando como referencia la fecha en que soliciten la modificación de la base de contribución.