Publica Gaceta Oficial actualización de las tarifas de servicios jurídicos (+PDF)

La Habana. – La Gaceta Oficial Ordinaria No.17 dio a conocer siete resoluciones que actualizan las tarifas de los servicios jurídicos de las diferentes entidades facultadas.

En la mayoría de los casos, se establecen importes unificados para personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional y a jurídicas estatales y no estatales constituidas al amparo de la legislación cubana.

La Resolución 47 actualiza las tarifas máximas para los servicios legales a personas jurídicas estatales y no estatales, y amplía sus destinatarios, incluyendo a personas naturales autorizadas a desarrollar una actividad comercial, las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y extranjero, empresas mixtas y los contratos de asociación económica internacional.

Por tanto, comprende entre los servicios brindar aquellos relacionados con los seguros, los referidos a la realización de las auditorías contables y, también, en materia de finanzas e inversiones, resume Cubadebate.

Con la Resolución 48 se actualizan las tarifas para el cobro de los servicios jurídicos que se prestan a personas naturales extranjeras y cubanas residentes permanentes en el exterior, a personas jurídicas extranjeras y para la legalización de documentos que surten efecto fuera del territorio nacional.

Mientras, la Resolución 49 regula las tarifas del Registro de Propiedad y las aplica también a las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y extranjero, empresas mixtas y para los contratos de asociación económica internacional.

Publica Gaceta Oficial actualización de las tarifas de servicios jurídicos

Por el asiento de presentación de cada título, aunque se trate de varios documentos, se cobrará 5.00 CUP a las personas naturales y 10.00 CUP a las personas jurídicas.

En tanto, la Resolución 50 actualiza las tarifas aplicables por los servicios que se prestan en el Registro de la Propiedad Central para la Atención a la Inversión Extranjera, a las personas naturales extranjeras no residentes permanentes en el territorio nacional que adquieran bienes inmuebles y derechos.

Por otro lado, la Resolución 51 establece las mismas tarifas para las inscripciones, expedición de publicidad y demás actos ante el Registro Mercantil que se realicen por las empresas estatales en Perfeccionamiento Empresarial, las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano, las empresas mixtas, las cooperativas no agropecuarias, las cooperativas agropecuarias y los contratos de asociación económica internacional.

Además, se rebajan los precios para las sociedades mercantiles de capital totalmente extranjero constituidas al amparo de la ley cubana.

En la Resolución 52 se aprueban tarifas, en pesos cubanos, para la prestación de servicios notariales a personas naturales con residencia permanente en Cuba, a jurídicas estatales y no estatales, excepto a las sociedades mercantiles de capital totalmente extranjero y sus sucursales.

Finalmente, la Resolución 53 establece los precios de los servicios notariales para las personas naturales cubanas con residencia permanente en el exterior, a las extranjeras que no ostentan la condición de residentes permanentes en el territorio nacional y a personas jurídicas extranjeras.

Puede leer y descargar la Gaceta Oficial No. 17 aquí.