Con la puesta en vigor el próximo 1ro de enero de 2021 de la Resolución 352, del Ministerio de Finanzas y Precios, de 25 de noviembre de 2020, se actualizan las regulaciones para el pago del arancel de aduanas que realizan las personas naturales en su condición de pasajeros.
Una nota del Ministerio de Finanzas y Precios, aclara que el arancel de aduanas se paga en todos los casos en pesos cubanos, aplicando al valor de importación, las tarifas arancelarias establecidas y la tasa de cambio vigente. El cobro de los aranceles a los pasajeros se mantiene en similares cuantías a las establecidas con anterioridad.
Se ratifica la exención del pago del arancel de aduanas a los pasajeros que importen productos sin carácter comercial por un valor total de hasta 50.99 USD en cada viaje.
Con el objetivo de mantener el pago de aranceles en similares cuantías a las aplicadas con anterioridad para los pasajeros residentes permanentes en Cuba cuando realizan su primera importación en el año calendario, se establecen tarifas progresivas del 4% y el 8% en correspondencia con el valor de la importación. A partir de la segunda importación que realicen en el año calendario, se mantienen las tarifas progresivas del 100% (51.00 USD hasta 500.99 USD 100 %) y el 200% (de 501.00 USD hasta 1 000.00 USD 200%) en correspondencia con el valor de la importación.
Los pasajeros cubanos y extranjeros no residentes permanentes en Cuba, se mantienen pagando el arancel, con la aplicación de las tarifas progresivas del 100% y el 200% en correspondencia con el valor de la importación.