Actualizan Decreto que rige medidas por violación de precios (+PDF)

Foto: José Manuel Correa
Foto: José Manuel Correa

A las personas naturales relacionadas con la comercialización de bienes y servicios, de forma mayorista o minorista, se les aplicarán sanciones por la violación de las normas que rigen la política de precios y tarifas, de acuerdo con el Decreto 30, de la Gaceta Oficial No. 8 Extraordinaria del 29 de enero de 2021.

Según el Ministerio de Finanzas y Precios, el objetivo es enfrentar las conductas de indisciplina y evitar que se generen precios abusivos y especulativos.

Para ello, el Decreto recoge las contravenciones personales, sanciones, medidas y procedimientos a seguir en cada caso. Precisa, además, los precios de acopio y de la construcción, y de las tarifas técnico productivas; así como las cuantías de las multas a imponer que se encuentran en el rango entre 2 500 y 15 000 pesos.

También define las autoridades facultadas para imponer las sanciones y medidas, y resolver los recursos, al igual que los plazos para efectuar el pago de las multas.

Estas regulaciones constituyen una actualización del Decreto 227 del año 1997.