Celebra Cuba día mundial del cuidador con nuevas garantías

Un mayor reconocimiento a la figura del cuidador distingue la celebración hoy en Cuba del Día Mundial de las Personas Cuidadoras, fecha instituida en el 2014 para reconocer la labor de quienes se dedican a la asistencia de enfermos o familiares por motivos de edad, discapacidad y dependencia.

Con la reciente aprobación mediante referendo popular del Código de las Familias crecen la consideración y los derechos a esa figura, puesto que en dicha norma se incluye un capítulo dedicado exclusivamente a esas personas, refirió Yeniseis Mallet Suárez, subdirectora de Prevención, Asistencia y Trabajo Social en el municipio de Guantánamo, en el cual reside un 42 por ciento de la población de la provincia.

Significó la funcionaria a la Agencia Cubana de Noticias que en la capital del territorio más oriental del país poco más de mil 230 ancianos viven solos y necesitan personal capacitado para su atención, pero no más de 70 mujeres cuidadoras ejercen oficialmente esta labor asistencial.

Por otra parte 92 madres están protegidas por la Asistencia Social para el cuidado de sus hijos en situaciones especiales, según lo establece por ejemplo, el Decreto-Ley 56 del 2021, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, recalcó.

Mallet Suárez se refirió además a la necesidad de la preparación de las personas cuidadoras para el correcto manejo de quienes están bajo su resguardo, para lo cual se requiere de la impartición de cursos de habilitación.

Mencionó que está previsto uno de esos espacios de capacitación para enero del próximo año, auspiciado por la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social, en coordinación con la Dirección Municipal de Salud Pública y la Federación de Mujeres Cubanas.

El reconocimiento de la figura del cuidador en el nuevo Código de las Familias, en vigor desde el 27 de septiembre último, es considerado un paso de avance, teniendo en cuenta que Cuba es el tercer país más envejecido de América Latina y ello trae aparejado un número cada vez mayor de personas en situaciones de dependencia temporal o permanente de cuidado.

En ocho artículos de esa nueva norma se reconocen los deberes y derechos del cuidador familiar y se establece la aplicación extensiva a quienes se desempeñan como asistentes personales, cuidadores informales y cuidadores profesionales que no sean familia de la persona a quien se dispensa el cuidado.

Con el Código de las Familias, por primera vez un cuerpo normativo cubano visibiliza el cuidado familiar y los sujetos que se dedican a esa labor, además, reivindica derechos que les han sido negados tradicionalmente a familiares cuidadores.